Aún resta conocer la norma -o el mecanismo- que extienda el beneficio para este año, a los empleados autónomos, del piso para comenzar a pagar el Impuesto a las Ganancias.
Es menester señalar que el mismo fue ampliado a los trabajadores en relación de dependencia. Esto es así, dado que la resolución 3008 sólo permitió mantener el mínimo no imponible a tales empleados. El valor se ha ubicado en $4.818 para los dependientes solteros y $6.662 para casados con dos hijos.
El "olvido" tampoco fue subsanado con la puesta en marcha del nuevo aplicativo que deben utilizar las personas físicas para liquidar Ganancias y Bienes Personales. El ejemplo es el software denominado "Ganancias Personas Físicas - Bienes Personales - Versión 12.0", el cual no prevé los nuevos montos luego de la suba del 20% en la ganancia no imponible y otras deducciones.
El consultor impositivo, Mario Goldman Rota, señaló el problema: “luego de conocerse el nuevo aplicativo, aún subsiste la colisión entre los importes que emanan de la resolución 3008 y la propia Ley del Impuesto a las Ganancias".
Goldman Rota indicó que los trabajadores independientes deberían considerar los montos establecidos en la Ley del Impuesto a las Ganancias que, de no mediar reforma legislativa, son los valores sin la suba del 20%, que fue anunciada e implementada en julio pasado. Es decir, deben aguardar por las modificaciones del ente, ante su olvido.
La decisión del Gobierno, por otra parte, de prorrogar para este año el piso salarial a partir del cual los trabajadores comienzan a pagar Ganancias, ha perjudicado a los empleados alcanzados por el tributo que menos cobran.
En efecto, los solteros que ganan desde $4.015 a $4.818 mensuales y los casados con dos hijos que van desde $5.554 a $6.662 deberán esperar hasta marzo del año próximo para que se les reintegre el dinero retenido en exceso entre enero y junio del año pasado.
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