El 21 de diciembre de 2022 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución Nº 1041/2022 del Ministerio de Economía, por medio de la cual se dispuso un derecho antidumping provisional específico para exportaciones hacia la República Argentina, de aparatos de funciones múltiples, provistos de accesorios intercambiables, para procesar alimentos, de uso manual; batidoras de uso manual, incluso presentadas con accesorios y licuadoras (PA NCM 8509.40.10, 8509.40.20 y 8509.40.50), originarias de la República Federativa del Brasil.
Para así decidir, el 10 de junio de 2022 la Dirección de Competencia Desleal determinó un margen preliminar de dumping del 59,18% para estas mercaderías provenientes del Brasil.
Además, la Comisión Nacional de Comercio Exterior estimó, también preliminarmente, que la rama de producción nacional de estos productos sufre un daño importante producto de las importaciones con dumping originarios de estos destinos.
En función de lo expuesto, a partir del 21 de diciembre de 2022 y por el término de 4 meses, el importador que despache a plaza aparatos de funciones múltiples, provistos de accesorios intercambiables, para procesar alimentos, de uso manual; batidoras de uso manual, incluso presentada con accesorios y licuadoras, deberá constituir una garantía equivalente al derecho antidumping provisional establecido, es decir, de U$S 3,51 por unidad de procesadora, de U$S 3,97 por unidad de batidora y de U$S 7,50 por unidad de licuadora, que sea importada a consumo.
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