Beccar Varela y Pérez Alati, Grondona, Benites & Arntsen asesoraron en una nueva emisión de Obligaciones Negociables emitidas por Tarjeta Naranja S.A.U.

El pasado 26 de agosto de 2024, Tarjeta Naranja S.A.U. (“Tarjeta Naranja”) emitió las obligaciones negociables clase LXII simples, no convertibles en acciones, no garantizadas, por un valor nominal de AR$ 30.000.000.000 (Pesos Argentinos treinta mil millones) (las “Obligaciones Negociables Clase LXII”). La emisión fue realizada en el marco del Régimen de Emisor Frecuente establecido en la Sección VIII, Capítulo V, Título II de las Normas de la Comisión Nacional de Valores.

 

Las Obligaciones Negociables Clase LXII, cuyo vencimiento operará el 26 de mayo de 2025, devengarán intereses a una tasa variable, que será equivalente a la suma de la Tasa Badlar Privada más un margen de corte del 5,5% nominal anual, y amortizará el 100% del capital en un único pago a ser realizado en su fecha de vencimiento. 

 

Las Obligaciones Negociables Clase LXII han sido calificadas localmente como “A1+(arg)” por FIX SCR S.A. Además, fueron admitidas para su listado en Bolsas y Mercados Argentinos S.A. y autorizadas para su negociación en el Mercado Abierto Electrónico S.A. 

 

En la emisión de las Obligaciones Negociables Clase LXII, Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U. actuó como organizador y colocador, mientras que Banco Santander Argentina S.A., Banco Patagonia S.A., Nuevo Banco de Santa Fe S.A., Banco Comafi S.A. y Macro Securities S.A.U. actuaron como colocadores (los “Colocadores”). 

 

Asesores de Tarjeta Naranja y Banco de Galicia y de Buenos Aires S.A.U.:

 

Beccar Varela: Socia Luciana Denegri. Asociados María Victoria Pavani, Julián Ojeda y Mora Mangiaterra Pizarro. Paralegal Carlos Saúl Lucero.

 

Asesores de los Colocadores:

 

Pérez Alati, Grondona, Benites & Arntsen: Socio Diego Serrano Redonnet. Consejero Alejo Muñoz de Toro. Asociados Joaquín López Matheu y Tamara Friedenberger

 

 

Beccar Varela
Ver Perfil
Pérez Alati, Grondona, Benites & Arntsen
Ver Perfil

Opinión

Aportes irrevocables a cuenta de futuras suscripciones de acciones y nuevas normas de la IGJ: ¿resurgimiento como opción de financiamiento?
Por Dolores M. Gallo
Barreiro
detrás del traje
Diego Palacio
De PALACIO & ASOCIADOS
Nos apoyan