Susana Quiroz había sido despedida por Pulire S.A, una empresa que brinda servicios de limpieza, e inicio juicio. Como La Rural S.A contrataba a la compañía también quedaba obligada ante la empleada.
Por tal motivo, y al perder el juicio en primera instancia, el abogado del predio solicitó que se declarara inconstitucional varios artículos de distintas normas. La Sala VII de la Cámara de Apelaciones rechazó los reclamos y advirtió que no puede exigirse la inconstitucionalidad salvo cuando “no exista otro modo de salvaguardar algún derecho o garantía amparado por la Constitución Nacional”.
Luego de esta decisión, el abogado apeló la sentencia basándose en que lo honorarios que se habían reconocido en el juicio eran menores a los que se les había pagado. El monto por el que estaba apelando era de aproximadamente 500 pesos, lo cual anula la acción ya que la suma mínima para ello es de 10.500 pesos.
En tal sentido, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo falló en contra de La Rural S.A. Por su parte, Pulire S.A solicitó una sanción contra su propio abogado en la misma causa, aunque la respuesta del Tribunal se basó en que solo se puede invocar la sanción si existe “dolo” por parte del letrado.
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