Condenan a Editorial por Publicación Sin Autorización
La Cámara Civil condenó a una editorial a indemnizar a un fotógrafo con 20 mil pesos, por publicar una foto sin su autorización y sin citar su nombre. Los integrantes de la Sala A de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, en los autos caratulados “ Scanu Marcelo Pablo Alejandro c/ Aver S.A. s/ Daños y Perjuicios”, consideraron que el autor sigue manteniendo la autoría de la obra intelectual. El material en cuestión, ya había sido publicado por la revista “Tiempo de Aventura” con la autorización del autor y publicando su nombre. En ese momento la revista pertenecía a la Editorial “Publirevistas S.A.”. Pero posteriormente  fue publicada nuevamente en la misma revista, pero esta vez sin autorización y sin citar al fotógrafo. En esa ocasión, la mencionada revista había pasado a manos de la editorial Aver S.A. La defensa alegó durante el juicio desconocer la autoría de la foto, hecho que fue desestimado por los magistrados, quienes sostuvieron, que la revista no pudo desconocer que la obra era autoría del intelecto del actor. Los jueces al explicar el marco legal en el que se rige la propiedad y la publicación de una obra artística, expresaron que desde el momento en que el autor decide dar a publicar su obra, se hace indispensable su registro para la protección de los efectos patrimoniales. Sin embargo, consideraron que dicho requisito no es rígido, ya que la autoría de la obra no nace con su inscripción en el registro respectivo.  Los magistrados explicaron que la cesión de los aspectos patrimoniales de la obra, no implica la transmisión del derecho moral, el cual permanece en cabeza del autor, debido a que los derechos morales se derivan del aporte personal del autor a su obra, las facultades que estos otorgan pueden ser ejercidas aun después de haberse cedido los derechos de impresión. Los magistrados desestimaron la denuncia que el actor hizo ante la primera editorial, debido a que en el contrato de venta, una de las cláusulas, sostenía, que Publirevistas mantendría indemne a Aver S.A.  de todos los reclamos efectuados por publicaciones anteriores a Septiembre de 2000.

 

Opinión

Aportes irrevocables a cuenta de futuras suscripciones de acciones y nuevas normas de la IGJ: ¿resurgimiento como opción de financiamiento?
Por Dolores M. Gallo
Barreiro
detrás del traje
Diego Palacio
De PALACIO & ASOCIADOS
Nos apoyan