Condenan a Pagar Horas Extras por Más de Cinco Años de Relación Laboral
Fue ratificada por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo una resolución de primera instancia, donde se condenaba al empleador a abonar horas extras por más de cinco años de relación laboral. En los autos caratulados “Farinelli Sergio Gustavo c/ Video Mir S.A. s/despido”, los jueces de la Sala VIII, entendieron que al no haberse opuesto la defensa de prescripción al momento de contestar la demanda, correspondía ratificar lo resuelto en la sentencia apelada, obligando al empleador a pagar horas extras por más de cinco años de relación laboral. En su apelación, la parte demandada había alegado que en primera instancia, se había salteado lo normado en el artículo 256 de la Ley de Contrato de Trabajo, en donde se dispone que las acciones relativas a créditos provenientes de las relaciones individuales de trabajo, prescriben a los dos años. Los camaristas, entendieron que no resultaba procedente el recurso presentado, debido a que la demandada no había opuesto la defensa de prescripción al momento de contestar la demanda, no pudiendo dicho omisión ser suplida de oficio por parte del juez. En el fallo emitido el 30 de diciembre del año 2008, los jueces entendieron que correspondía aplicar al presente caso lo establecido en los artículos 3962 y 3964 del Código Civil, estableciendo en cuanto al momento de oponer la prescripción, que ello debe efectuarse en el momento de contestar la demanda, o cuando se efectúe la primera presentación por la persona que pretenda oponerla, no pudiendo ser opuesta de oficio por el juez.

 

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