Consideran que Enviar Mails No Es Causal de Despido
La Cámara Laboral consideró que la decisión adoptada por la empresa IBM de despedir a un empleado por mandar correos electrónicos durante el horario de trabajo resultaba excesiva. Los miembros de la Sala III, en los autos caratulados “De Giacomi Gustavo Luis c/ I.B.M. Argentina S.A. s/ Despido”, como consecuencia de tal interpretación, condenaron a la mencionada empresa a indemnizar al trabajador. Los camaristas, entendieron que tal sanción resultaba desproporcionada, debido a que la empresa había tenido la posibilidad de aplicar otro tipo de sanciones. Los letrados, también tuvieron en cuenta el hecho de que el trabajador no poseía medidas disciplinarias anteriores en su contra y la extensa antigüedad que poseía el mismo en la empresa. Los jueces, para tomar tal determinación, se basaron en la Ley de Contrato de trabajo. Dicha normativa, contempla antes de un despido, la aplicación de otro tipo de sanciones para el empleado, tales como apercibimientos y sanciones, las cuales nunca fueron aplicadas. Por su parte, la empresa, argumentó su decisión, afirmando que los mensajes que habían sido enviados a su secretaria era inapropiados, ya que contenían una insinuación hacia la misma. A su vez, entre otros de los argumentos esgrimidos por la empresa para considerar que el despido fue con justa causa, y mediante ello no abonar la correspondiente indemnización, figura la acusación efectuada al empleado de haber revelado una clave. Ese hecho, que si bien constituye una violación de las reglas internas de la empresa, no pudo ser probado por la misma.  ¿Usted considera que enviar mails durante el horario de trabajo debe ser considerado una causal de despido?

 

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