El Banco Central flexibilizó el acceso al mercado de cambios para el pago de intereses compensatorios con contrapartes vinculadas del exterior

Mediante la Comunicación “A” 8161 de fecha 20 de diciembre de 2024, el Banco Central de la República Argentina dejó sin efecto el requisito de conformidad previa del BCRA para el acceso al mercado de cambios de clientes para pagar a su vencimiento intereses compensatorios que se devenguen a partir del 1° de enero del año 2025 sobre el valor original remanente de deudas financieras con contrapartes vinculadas del exterior. 

 

No obstante, el organismo aclaró que los intereses adeudados al 31 de diciembre o los intereses punitorios u otros equivalentes correspondientes a endeudamientos financieros con el exterior contraídos con una contraparte vinculada que se devenguen desde el 1° de enero de 2025 continuarán alcanzados por el requisito de conformidad previa. Además, esta nueva medida establece que el resto de las disposiciones previstas en los puntos 3.3.3. y 3.5.6. que requieren contar con la previa conformidad del BCRA para el acceso al mercado de cambios para la cancelación de capital e intereses de deudas comerciales y financieras con acreedores que sean contrapartes vinculadas al deudor residente, mantendrán su vigencia a partir del 1° de enero.

 

Por Sebastián Luegmayer y Nicolás Fernández Madero

 

 

O'Farrell
Ver Perfil

Artículos

El pagaré bursátil: aspectos jurídicos y prácticos
Por Víctor San Miguel & Rocío Santaella Sassano
Richards, Cardinal, Tützer, Zabala & Zaeffere
opinión
ver todos
Legal Design Ops: Mejorar las prácticas legales mediante la excelencia operativa
Por Karol Andrea Valencia Jaén (*)
WOW Legal Experience

Mujeres en liderazgo: Redefiniendo el éxito
Por Ana Valeria Escobar
PPO Abogados



detrás del traje
María Cecilia Magariños
De AVOA ABOGADOS
Nos apoyan