Paraguay
El Registro de Proveedores del Estado en la nueva Ley 7021/22 de Suministro y Contrataciones Públicas (la “Ley”) y el Decreto Reglamentario 9823/23 (el “Decreto”)

La Ley dispone en el artículo 22 la creación del Registro de Proveedores del Estado en el cual se inscribirán todas las personas físicas, jurídicas y consorcios constituidos o con acuerdo de intención, para participar en los procedimientos de contratación regidos por la presente Ley (el “Registro”).

 

Toda persona física, jurídica, y consorcio constituido o con acuerdo de intención, que pretenda presentar ofertas en el marco de la presente Ley, deberá inscribirse al Registro, salvo en los procedimientos excluidos conforme a la reglamentación correspondiente.

 

Este Registro será público, sin perjuicio de la confidencialidad de los documentos y datos previstos como tales en las leyesaplicables. Los requisitos de inscripción, datos, documentos y otros requerimientos son los establecidos en el Decreto.

 

En tal sentido, el Decreto contempla en el artículo 20 que toda persona física, jurídica o consorcio deberá estar inscripto en el Registro de Proveedores del Estado para participar en los procedimientos de contratación regidos por la Ley.

 

Para la inscripción respectiva los interesados deberán presentar los formularios que habilite la DNCP (Dirección Nacional de Contrataciones Públicas) a través del SICP (Sistema de Información de las Contrataciones Públicas), y presentarán los respectivos documentos respaldatorios de datos e informaciones que se hagan constar. La presentación se realizará en formato físico o digital, según determine la DNCP que establecerá las reglas de organización y funcionamiento del Registro.

 

Admitida la inscripción se emitirá una constancia, que contendrá la fecha de su emisión y la indicación respecto a la vigencia de los documentos de la persona inscripta.

 

Mediante la Resolución Nº 3801/2023 emitida por la DNCP, se reglamenta la organización y el funcionamiento del Registro de Proveedores del Estado.

 

Este nuevo Registro, pretende simplificar el proceso de inscripción de empresas, permitiendo un registro digital y eliminando la burocracia al facilitar la actualización de información y documentos. Su objetivo principal es actualizar los datos de las empresas ya registradas en el SIPE (Sistema de Informaciones de Proveedores del Estado), creando así una base de datos más extensa y conectada con otros registros públicos.

 

Según lo indica la DNCP, con el Registro se podrá:

 

  • Inscribirse digitalmente.
  • Evitar la burocracia.
  • Activar consorcios online.
  • Autogestionar los procesos de licitación.

Inscripción al Registro de Proveedores  del Estado 

 

Para la inscripción, los interesados en formar parte del Registro deberán realizar la inscripción de forma electrónica por medio del SICP https://www.contrataciones.gov.py en la pestaña de VENDEDOR e ingresar al apartado “Solicitar Registro como Proveedor del Estado”.

 

Proceder a la carga de la “Solicitud de Inscripción al Registro de Proveedores” según personería jurídica identificando al proveedor (datos de la empresa) y usuario administrador (persona designada por la empresa).

 

En el apartado se deberá proceder a la carga de los Datos del Proveedor individualizado con los siguientes campos: RUC, razón social, tipo de proveedor, país del proveedor.

 

Entre los principales documentos que deben ser cargados se encuentran los documentos legales, tales como: Estatutos Sociales, Acta de Asamblea, Poder (en el caso de apoderado), constancia del RUC.

 

Por Martín Carlevaro y Marcela Llano

 

 

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