ENACOM aprueba el nuevo Reglamento General del Servicio Universal

En breve

Mediante la Resolución N° 1182/2025, publicada en el Boletín Oficial el 22 de septiembre de 2025 (“Resolución”), el Ente Nacional de Comunicaciones (“ENACOM”) aprobó el nuevo Reglamento General del Servicio Universal.

En profundidad

En el marco de la Ley Argentina Digital N° 27.078 y en línea con los objetivos establecidos mediante la Resolución N° 359/2025 que aprobó el “Plan Nacional de Infraestructura Crítica de Comunicaciones” (más información aquí), el ENACOM derogó el Reglamento General del Servicio Universal oportunamente aprobado por la Resolución N° 2642/2016 y sus modificatorias, y dictó uno nuevo que actualiza y adecua el régimen vigente (“Nuevo Reglamento”).

 

Entre las novedades que introdujo el Nuevo Reglamento, se destacan:

 

  • En línea con la disolución del Fondo Fiduciario del Servicio Universal (más información aquí), los aportes realizados por los licenciatarios de servicios TIC conformarán el “Fondo del Servicio Universal”, el cual será administrado directamente por ENACOM. Se establecen nuevos mecanismos de pago de los aportes.
  • Se crea el Certificado de Crédito de Aporte al Servicio Universal, un instrumento formal emitido por ENACOM para que los aportantes puedan compensar sus obligaciones mensuales con inversiones realizadas en el marco de la ejecución de proyectos aprobados por ENACOM.
  • Se amplía considerablemente las categorías de Programas de Servicio Universal previstas, incluyendo la optimización y ampliación de redes de última milla y el desarrollo de data centers e integración con inteligencia artificial, entre otras.
  • Se prevé la realización de diagnósticos previos y monitoreo de impacto de los Programas de Servicio Universal, con informes anuales obligatorios.
  • Se implementa la realización de auditorías técnicas y financieras de los proyectos, con posibilidad de que sean realizadas por ENACOM o por terceros.
  • Se detallan los procedimientos sancionatorios, incluyendo la rescisión de convenios y la obligación de reintegrar fondos en caso de incumplimiento.

La Resolución entró en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

 

Por Guillermo Cervio, Martín Roth y Catalina Beñatena

 

 

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