Estiman la excepción de falta de legitimación pasiva interpuesta por los socios y administradores sociales de la demandada

En los autos "Kralicek Obras Civiles S.A. c/Desarrollo de Inversiones Inmobiliarias S.R.L. y otros s/Ordinario", llegó apelado a la Sala F de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial el pronunciamiento que estimó la excepción de falta de legitimación pasiva interpuesta por los Sres. D. y N. pero desechó identica defensa respecto de Desarrollo de Inversiones Inmobiliarias S.R.L.

 

La actora pretendió demostrar que la acción deducida contra los Sres. D. y N. fue enmarcada dentro de la responsabilidad funcional que les cabía como socios y administradores sociales. 

 

Los camaristas compartieron la resolución brindada en grado. Para ellos, la demanda no resultaba conclusiva en torno a los hechos y alcances de la responsabilidad endilgada a los Sres. D. y N.

 

Específicamente, "la demanda indicó que la relación contractual habría sido entre el accionante y la sociedad Desarrollos de Inversiones Inmobiliarias S.R.L mediante la suscripción del “Contrato de Adhesión a Fideicomiso”, el cual, según señaló resulta incumplido por la sociedad demandada generándole daños y perjuicios que reclamó".

 

Po otro lado, se hizo alusión a su carácter de socios e integrantes de Desarrollo de Inversiones Inmobiliarias S.R.L., "a pesar que la cita legal empleada alude a la directriz sobre el accionar de los administradores y representantes sociales (art. 59 LGS)".

 

Sumado a ello, los magistrados resaltaron que las manifestaciones vertidas al tiempo de contestar el traslado de las excepciones en cuanto a que la demanda se dirigía en su calidad de socios gerentes, lucen extemporáneas por tardías en tanto importarían una modificación sustancial de la litis.

 

Bajo tal análisis los jueces intervinientes señalaron que "la controversia queda trabada con los escritos constitutivos de la litis, resultando tardío cualquier intento de sobreabundar sobre dicha materia con ulterioridad".

 

El 20 de noviembre los Dres. Barreiro, Lucchelli y Tevez confirmaron el pronunciamiento apelado. 

 

 

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