La persona involucrada había presentado una acción de amparo que fue aceptada por la titular del Juzgado Federal Número 2 en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de San Martín, Martina Isabel Forns.
El joven, que presenta discapacidad motriz, es licenciado en educación física y alegó que la universidad le negó de forma sistemática el ingreso a la carrera de Profesorado Universitario de Educación Física.
En su presentación, la persona indicó que el accionar de la institución educativa “resulta discriminatorio y por ende, violatorio de sus derechos a la educación, a la igualdad y a la no discriminación”.
“Si bien la discapacidad que posee el lic. N. le impide realizar movimientos corporales –es de tipo motora conforme consigna su certificado de fs. 3, puede caminar con bastones canadienses y manejar una computadora que suple las indicaciones con su cuerpo que realizan otras personas que posean motricidad completa. Por otra parte, nada impide que pueda tener un asistente para realizar ciertos ejercicios que E. no podrá indicar con su cuerpo”, manifestó la resolución.
Asimismo, agregó lo siguiente: “Considero que queda demostrado que el Licenciado E. P. N. resulta ser una persona cuyas cualidades han sido limitadamente examinadas por la Universidad demandada e interpretadas con concepciones restrictivas y no inclusivas conforme a todas las leyes nacionales e internacionales que ha suscripto la Argentina y que forman parte de nuestra Constitución Nacional (art. 75, inc. 22)”.
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