La Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires impuso una multa a la empresa por no solucionar un desperfecto de un usuario.
De esta manera, DirecTV deberá abonar $2.000 por no informar la causa por la cual un cliente, el cual se encontraba al día con sus facturas, se quedaba sin señal de cable todos los días entre las 17 y las 8 horas.
"Tras efectuar distintos reclamos por vía telefónica, el tema fue derivado al servicio técnico. Sin embargo, nunca se comunicaron al efecto de solucionar el desperfecto", fueron las declaraciones que realizó el damnificado.
Parte de la resolución de la Cámara de Apelaciones sostuvo que "mientras que el consumidor prueba haber solicitado información, la sumariada (DirecTV) no aporta prueba tendiente a acreditar haber suministrado respuesta al consumidor respecto de su reclamo".
Además, señaló lo siguiente: "Cada parte debe probar los hechos que alega como sustento de su pretensión, ya sean éstos constitutivos, impeditivos o extintivos, este criterio general se ve morigerado, a su vez, por la aplicación de la doctrina de las cargas probatorias dinámicas según la cual, cuando una de las partes está en mejores condiciones fácticas para producir cierta prueba vinculada a los hechos controvertidos de la causa, ésta debe soportar el onus probandi",
Por su parte, la empresa había sostenido que no había concurrido al domicilio de la persona damnificada ya que se hallaba en una zona peligrosa, razón por la cual no pudo solucionar el desperfecto.
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