La Secretaría de Coordinación de Energía y Minería fijó el precio mínimo del biodiesel destinado a su mezcla obligatoria con gasoil

A través de la Resolución 16/24 (B.O. 4-11-2024), la Secretaría de Coordinación de Energía y Minería del Ministerio de Economía fijó en PESOS UN MILLÓN VEINTITRÉS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE ($ 1.023.649) por tonelada el precio mínimo para la adquisición de biodiesel destinado a la mezcla obligatoria con gasoil en el mercado interno, para las operaciones realizadas en noviembre de 2024, y hasta la publicación de un nuevo precio que lo reemplace (art. 1°), en el marco de la Ley 27.640, que regula la actividad de biocombustibles en la República Argentina.

 

A su vez, se fijó un plazo máximo de SIETE (7) días corridos para el pago del biodiesel, contado desde la fecha de emisión de la factura correspondiente (art. 2°).

 

La resolución entró en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial (art. 3°).

 

Acceda al texto completo de la norma aquí

 

Por Agustín Siboldi, Jorge Muratorio, Ana Belen Micciarelli y Joaquín Trillo

 

 

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