Mayores requerimientos de solvencia patrimonial y financiera para ser titular de permisos de exploración, concesiones de explotación y/o transporte de hidrocarburos

El 10 de diciembre pasado, mediante la Disposición 335/2019, la Subsecretaría de Hidrocarburos y Combustibles estableció el nuevo procedimiento de evaluación de solvencia patrimonial y financiera requerido para ser titular de permisos de exploración, concesiones de explotación y/o de transporte de hidrocarburos ("Nuevo Procedimiento"). El Nuevo Procedimiento dispuso la derogación del procedimiento de evaluación anterior establecido por la Resolución 193/2003 (la "Resolución 193") y, tomando en consideración el precio del petróleo crudo y el tipo de cambio vigentes al día de hoy, implica aproximadamente un incremento del 3.100% respecto de los requerimientos patrimoniales que se encontraban vigentes desde 2003 (Resolución 193).  

 

Bajo el Nuevo Procedimiento, las compañías deben evidenciar un patrimonio neto mínimo variable equivalente al valor en pesos de 27.000 barriles de petróleo crudo para operaciones on-shore y de 270.000 barriles para off-shore. Dicho patrimonio neto debe ser calculado multiplicando el valor promedio correspondiente al año anterior del precio de barril de petróleo crudo nacional publicado por la Gobierno Nacional, por el tipo de cambio mayorista promedio durante el mismo período publicado por el Banco Central de la República Argentina.

 

Las compañías deben evidenciar este nuevo patrimonio mínimo para: (i) el otorgamiento de permisos de exploración, concesiones de explotación y/o de transporte de hidrocarburos; y (ii) ser autorizados como cesionarios de permisos de exploración, concesiones de explotación y/o de transporte de hidrocarburos (ya sea en cesiones totales o parciales).

 

Las empresas petroleras que actualmente cuenten con un permiso y/o una concesión deberán evidenciar este requisito cumplir con la actualización anual de su inscripción ante el Registro Nacional de Empresas Petroleras.

 

El requisito de solvencia patrimonial puede ser cumplido mediante un respaldo financiero otorgado por una empresa controlante, afiliada o una tercera sociedad. Dichos garantes deberán evidenciar que cuentan con un patrimonio neto equivalente a tres veces el requerido para los permisionarios y/o concesionarios.

 

Por Adolfo Durañona, Roberto Grané y Ezequiel Artola

 

 

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