Obligan a las Empresas Prestadoras de Servicios a Tener Líneas Gratuitas
Las empresas que prestan servicios públicos o privados en la Ciudad de Buenos Aires podrán ser sancionadas en caso de que no posean una línea gratuita para la atención de los usuarios, a partir de la entrada en vigencia este martes de una ley de la Legislatura porteña. Tal normativa, prevee multas para las empresas que no cumplan tal obligación. Asimismo, contempla la clausura del establecimiento como la suspensión del servicio en cuestión por el plazo de 30  días. La ley obliga a  todas las empresas a  tener operadores que ante las consultas de los usuarios,  las deberán evaluar de forma personalizada. A su vez, contempla que las empresas deberán dar publicidad a dicha línea gratuita. Las empresas que no cumplan con la obligación contemplada en dicha norma, podrán ser suspendidas con hasta cinco años en el registro de proveedores para poder contratar con el Estado. Es importante señalar que tal incumplimiento también supone la pérdida de privilegios, tales como la pérdida de concesiones, regímenes impositivos o crediticios especiales.

 

Opinión

Ley Bases: La reciente respuesta de la Justicia a la derogación de las sanciones e indemnizaciones agravadas laborales
Por Francisco Panelli
GRB Legal
detrás del traje
María Ximena Suarez
De RICHARDS, CARDINAL, TUTZER, ZABALA & ZAEFFERER S.C.
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