El pasado 25 de enero se dictó el Decreto N° 52/022, que extendió el plazo para cumplir con la obligación de cargo de los sujetos obligados del sector no financiero de constituir domicilio electrónico (DOMEL) ante la Secretaria Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo (SENACLAFT).
Cabe recordar que el Decreto N° 355/021, de 21 de octubre de 2021, había establecido en su artículo 6 un plazo de 90 días desde su entrada en vigencia para cumplir con dicha obligación.
El Poder Ejecutivo, atendiendo a que el cómputo del plazo coincidió con las fiestas tradicionales, así como con una reducción de la movilidad fruto de la situación sanitaria del país, resolvió decretar una prórroga hasta el 31 de mayo de 2022.
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