Rechazaron el Pedido de Recusación de Oyarbide en la Causa por las Escuchas
En el marco de la causa por las escuchas telefónicas irregulares, la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal rechazó el pedido de recusación del juez Norberto Oyarbide que había sido presentado por el ministro de Justicia y Seguridad porteño, Guillermo Montenegro.

La Sala I desestimó el planteo efectuado por el ministro porteño, quien había argumentado que se había configurado una de las causales de recusación del artículo 55 del Código Procesal Penal de la Nación, debido a que mientras era fiscal federal había acusado a Oyarbide en una causa, sosteniendo que ello configuraba una de las situaciones previstas en el mencionado artículo.

El voto mayoritario de la Sala, compuesto por los jueces Jorge Ballestero y Eduardo Farah, explicaron que los hechos a los cuales aludía Montenegro por los que Oyarbide no podría continuar atendiendo las presentes actuaciones, habían ocurrido en el año 2001, remarcando que había transcurrido casi una década hasta el día de hoy.

“Queda claro que una alegada respuesta endeble a la recusación no puede por sí ser interpretada como un indicador de pérdida de parcialidad”, sostuvieron los jueces.

Por su parte, el voto en disidencia del juez Eduardo Freiler, entendió que correspondía hacer lugar al pedido presentado por el ministro de Justicia y Seguridad de esta capital, Guillermo Montenegro, explicando que el temor de la parcialidad expresado se evidencia razonable, agregando a ello que el mismo se sustenta por elementos de carácter objetivo que revisten entidad suficiente para justificarlo.

Según versiones publicadas en medios de comunicación, ante el revés judicial la defensa de Montenegro, quien se encuentra imputado en la causa con el jefe comunal Mauricio Macri y el ex ministro de Educación Mariano Narodowski, acudirá a las instancias superiores, estimándose que en las próximas semanas presentarán un recurso ante la Cámara de Casación Penal, asegurando que en caso de ser necesario llegarán hasta la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

 

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