Resolución N° 263/2023 ENACOM

Mediante Resolución N° 263/2023 ("Resolución") publicada el 17 de marzo en el Boletín Oficial, el Ente Nacional de Comunicaciones ("ENACOM") aprobó un nuevo Reglamento para la Nominatividad y Validación de Identidad de los Usuarios Titulares de los Servicios de Comunicaciones Móviles ("Reglamento", "Usuarios" y "Servicios", respectivamente).

 

Se otorga un plazo de 60 días para que los prestadores del Servicio ("Prestadores") adecuen a lo dispuesto por el Reglamento los sistemas de nominación (lo que implica la recolección de datos personales filiatorios) y validación de identidad de los Usuarios.

 

El Reglamento pretende dar respuesta al creciente número de maniobras delictivas que se han propiciado en el último tiempo (por ejemplo, clonación de tarjetas SIM o SIM swapping). 

 

El Reglamento exige que los Prestadores adecuen sus protocolos para la registración de líneas móviles y para las modificaciones en ciertas condiciones del Servicio. Esto implica implementar nuevas pautas que robustezcan el sistema de recolección de datos personales filiatorios y validación de identidad de los Usuarios, de modo que se minimicen maniobras de fraude de suscriptor o de suplantación de identidad. La Resolución señala a la biometría como un instrumento apto en la prevención de los delitos digitales, siempre que los Usuarios cuenten con terminales móviles con tecnología adecuada.

 

Entre otros puntos del Reglamento, destacamos:

 

  • A los fines de la validación de identidad los Prestadores deben solicitar ciertos datos personales, como por ejemplo nombre y apellido, D.N.I., número de trámite y fecha de emisión. En el caso de ciudadanos extranjeros no residentes, se debe solicitar el pasaporte y/o documento de viaje vigente. 
  • Para las modificaciones comerciales o técnicas de las líneas móviles consideradas "críticas o sensibles" (por ejemplo, emisión de un nuevo SIM), los Prestadores deben revalidar la identidad del Usuario utilizando datos biométricos y técnicas de prueba de vida. De utilizar imágenes de rostro, deben capturarse conforme ciertos lineamientos. De no ser posible, deben utilizarse mecanismos de validación de múltiples pasos o factores.
  • Para los cambios de titularidad de línea, los Prestadores deben -adicionalmente- recolectar los datos personales y validar la identidad del nuevo solicitante a los fines de su registración. Si la identidad del solicitante no pueda ser validada, debe procederse al bloqueo de la línea en cuestión.

Por Guillermo Cervio, Martin Roth, Valentina Biondi y Valentina Salas

 

 

Baker McKenzie
Ver Perfil

Opinión

“Timos” piramidales, supuestos "Caballeros" (“Knight consortium”) y estafas por 200 millones de dólares
Por ERNESTO EDUARDO MARTORELL
Kabas & Martorell
detrás del traje
Nos apoyan