Se aprobaron los valores de las tarifas de distribución de EDENOR y EDESUR, los montos a reconocer a los usuarios por deficiencias en el suministro y los valores que se reconocerán a los usuarios-generadores

A través de las Resoluciones N°75/2022 y 76/2022 (en adelante, la “Resolución N°75/22” y la “Resolución N°76/22”) del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (en adelante, “ENRE”) se aprobaron los valores del Costo Propio de Distribución de la EMPRESA DISTRIBUIDORA SUR SOCIEDAD ANÓNIMA (en adelante, “EDESUR S.A.”), y de la EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (en adelante, “EDENOR S.A.”) que serán aplicables a partir de la facturación correspondiente a la lectura de medidores posterior a las cero horas (00:00 hs) del 01/03/2022.

 

Asimismo, se aprobaron los valores del Cuadro Tarifario de EDESUR S.A. y de EDENOR S.A., con vigencia a partir de la facturación correspondiente a la lectura de medidores posterior a las cero horas (00:00 hs) del 01/03/2022.

 

Por otro lado, se estableció informar a EDESUR S.A. que, a partir del 01/03/2022, el valor de la tarifa media asciende a 6,240 $/kWh. En lo que respecta a EDENOR S.A., a partir de la fecha mencionada, el valor de la tarifa media asciende a 6,341 $/kWh.

 

Sumado a ello, se aprobaron los valores actualizados del Costo de la Energía Suministrada en Malas Condiciones (CESMC) y del Costo de la Energía No Suministrada (CENS) que EDESUR S.A. y EDENOR S.A. deberán aplicar para la determinación y acreditación de las bonificaciones correspondientes a los usuarios afectados por deficiencias en la calidad de producto técnico, calidad de servicio técnico y comercial, según corresponda, a partir del primer día de control del semestre 52 (marzo 2022 – agosto 2022).

 

Asimismo, se aprobaron los valores tarifarios de aplicación para el sistema de medición autoadministrada, con vigencia a partir de las cero horas del 01/03/2022.

 

Por último, se aprobaron las Tarifas de Inyección para Usuarios-Generadores, vigentes a partir del 01/03/2022.

 

Acceda a los textos completos de las normas aquí:

 

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/258138/20220226?busqueda=1

 

Por Agustín Siboldi, Agustina Fanelli Evans, Jorge Muratorio y Dalia Rabinovich

 

 

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