Se redefine el alcance de las concesiones de transporte ferroviario de pasajeros

El 31 de marzo de 2023 se publicó en el Boletín Oficial el Decreto N° 170/2023, que modificó los términos de la licitación pública nacional e internacional para adjudicar concesiones de transporte ferroviario de pasajeros sobre las líneas Urquiza y Belgrano Norte.

 

En un inicio, el Decreto N° 423/2019, emitido durante el anterior gobierno, llamó a licitación, para concesionar la “construcción, mantenimiento y operación de las Líneas Urquiza y Belgrano Norte”. Sin embargo, este procedimiento no se llevó adelante.

 

Ahora, el Decreto N° 170/2023 le da un impulso a este proceso y redefine el alcance de las concesiones a adjudicarse mediante licitación que consistirían exclusivamente en “la operación y el mantenimiento del servicio público de transporte ferroviario de pasajeros” de estas líneas, excluyendo la construcción y la gestión de la infraestructura ferroviaria, que quedarían a cargo del Estado Nacional.

 

En los considerandos de este decreto se explicó que esta modificación era necesaria para adaptar el procedimiento licitatorio al sistema de “acceso abierto” establecido por la Ley N° 27132 de Reactivación de Ferrocarriles. Esta ley promueve que el Estado Nacional administre la infraestructura ferroviaria y que las empresas públicas y privadas puedan operar los servicios de transporte público ferroviario.

 

Actualmente, el llamado a licitación alcanza a las líneas ferroviarias que se encuentran en manos de empresas privadas (Grupo EMEPA para la Línea Belgrano Norte y Grupo Roggio para la Línea Urquiza). Estas líneas operan por sucesivas extensiones de las concesiones originalmente otorgadas. Las Resoluciones N° 186/2023 y N° 187/2023 del Ministerio de Transporte otorgaron las últimas extensiones por un plazo de dieciocho meses. Este plazo finalizaría el 30 de septiembre de 2024, salvo que la licitación a desarrollarse se adjudicara y los nuevos concesionarios tomaran posesión antes de esta fecha.

 

El Decreto N° 423/2019 dispuso que el Ministerio de Transporte debe elaborar la documentación contractual (pliegos generales, particulares y especificaciones técnicas, reglamento) e implementar los actos necesarios para desarrollar la licitación que, eventualmente, el Poder Ejecutivo Nacional adjudicará. El Decreto N° 170/2023 no modificó estas previsiones.

 

Por eso será importante seguir de cerca los pasos que los órganos competentes adopten para avanzar en el proceso licitatorio.

 

Por Enrique V. Veramendi y Francisco José Sama

 

 

Marval O'Farrell Mairal
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