Funcionarios del Ministerio de Agricultura de la Nación presentaron en la comisión de Agricultura y Ganadería de la Cámara de Diputados un documento denominado "Pautas y recomendaciones sobre aplicaciones de productos fitosanitarios en áreas periurbanas", que fue consensuado entre todos los actores del sector, para que sea tomado como base para el análisis de una ley marco. Desde el despacho del diputado Luis Basterra (FPV-PJ-Formosa), presidente de esa comisión, se anunció que este aporte se pondrá a consideración en los próximos meses junto con los proyectos de ley vigentes sobre el tema para avanzar en el borrador de un dictamen.
El director de Cultivos Extensivos de la cartera agropecuaria, Eduardo Moavro, explicó que a fines de 2012 el Secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca, Lorenzo Basso, realizó una amplia convocatoria a instituciones y organismos de los sectores público y privado para abordar la problemática de las aplicaciones de fitosanitarios en zonas periurbanas.
Como consecuencia de esos encuentros se decidió armar un grupo de trabajo ad-hoc conformado por referentes de ministerios de todo el país, como el de Agricultura, Ganadería y Alimentos de Córdoba (MAGyA), y de las diversas instituciones del sector agropecuarios, como la Comisión Federal Fitosanitaria (CFF), la Asociación Argentina de Consorcios Regionales de Experimentación Agrícola (AACREA), la Asociación Argentina de Productores en Siembra Directa (AAPRESID), la Cámara de Sanidad Agropecuaria y Fertilizantes (CASAFE), cuyo primer objetivo fue la confección del documento que se exhibió.
El funcionario del Ministerio a cargo de la exposición comentó que la producción del escrito “Pautas sobre aplicaciones de productos fitosanitarios en áreas periurbanas” finalizó en agosto y que tomó como fundamento un trabajo realizado por AACREA. Y se agregó que el objetivo del Ministerio es brindar un aporte como material de referencia científico y técnico para ser utilizado por los legisladores como borrador para el dictado de una ley marco.
En tanto, Moavro destacó la importancia que se da en ese texto consensuado al punto referido a las buenas prácticas en el uso de los fitosanitarios porque “la mayoría de los problemas que surgen con estas sustancias son por el mal uso de los mismos”.
El documento recomienda que “toda aplicación de fitosanitarios debe ser realizada de forma segura y responsable, ajustándose a las legislaciones vigentes en el orden nacional, provincial y municipal, así como también enmarcada en un esquema de buenas prácticas de aplicación respetando las ventanas de tratamiento que incluirán la valoración del estado del cultivo, el desarrollo de la plaga, la tecnología de aplicación, la velocidad aparente y dirección del viento, humedad relativa, temperatura e inversión térmica, de manera que se minimicen los riesgos y las consecuencias de posibles accidentes”.
Además, el texto deja sentada una posición respecto de uno de los puntos más conflictivos en la regulación de los fitosanitarios: “Pese a que es prioritaria la aplicación de buenas prácticas, se podría establecer una zonas buffer o de amortiguamiento de 100 metros para el área terrestre y de 200 metros para el aéreo”. En tanto, se explicó que se proponen estas distancias en base a los antecedentes internacionales y nacionales en la materia, sumado a conceptos agronómicos básicos como condiciones climáticas, propiedades físicas y químicas de los productos utilizados, seguridad e higiene, aptitud, toxicología y recomendaciones específicas sobre equipos y accesorios.
El documento define como “zona buffer” -también conocida como zona de amortiguamiento- a “la superficie adyacente a determinadas áreas de protección que, por su naturaleza y ubicación, requieren un tratamiento especial para garantizar la conservación del espacio protegido, sin dificultar las actividades que en ellas se desarrollan”.
De los proyectos vigentes, sólo dos establecen franjas mínimas de protección sanitaria y ambiental para la prevención de la contaminación de las personas provocadas por la utilización de plaguicidas, agrotóxicos o biócidas. El de la diputada Virginia Linares prohibe la aplicación terrestre de esos productos a menos de 1.000 metros de zonas urbanas y suburbanas, las aéreas a menos de 2.500 metros, y establece el consentimiento escrito de los residentes de zonas afectadas.
Por su parte, el agrodiputado Juan Casañas propone prohibir el uso de productos fitosanitarios en las áreas urbanas, con excepción de la pulverización realizada con fines sanitarios. En tanto, las aplicaciones terrestres y aéreas en zonas rurales deberán realizarse cumpliendo con una distancia máxima fijada por las recetas de aplicación de los productos fitosanitarios. El límite en dichas recetas lo determinará la DL50 de los agroquímicos; esto es, la cantidad de sustancia que se requiere para causar la muerte del 50% de un grupo de animales de experimentación, bajo ciertas condiciones controladas. Este proyecto también establece la creación de un Manual de Buenas Prácticas de manejo por parte de los sujetos intervinientes.
Opinión
Beccar Varela
opinión
ver todosFernando Varela & Asociados
Kabas & Martorell
Alchouron, Berisso, Balconi, Fernández Pelayo & Werner
Noetinger & Armando