Con fecha 22 de junio de 2018, se aprobó la Ley 19.631, cuyo artículo 7º ajusta el plazo establecido por el artículo 42 de la Ley 19.484, con relación a la identificación del beneficiario final y su comunicación al BCU, según el siguiente cronograma de vencimientos según el tipo social:
- Sociedades anónimas con acciones nominativas: 30 de junio de 2018 (vencido)
- Sociedades de responsabilidad limitada y fideicomisos no obligados a informar por la Ley Nº 18.930: 30 de setiembre de 2018.
- Demás entidades obligadas por la ley, con excepción de las obligadas a informar por la Ley Nº 18.930: 30 de noviembre de 2018.
Ello implica que, las S.R.L. – con excepción de las S.R.L en que la totalidad de las cuotas sociales pertenezcan a personas físicas, siempre que sean estas beneficios finales – y los fideicomisos – salvo los obligados por la ley 18.930 cuyo vencimiento fue el 30 de setiembre del año pasado – tendrán plazo para presentar la comunicación de beneficiarios finales al BCU hasta el próximo 30 de setiembre de 2018.
Las fundaciones, sociedades y asociaciones civiles, las cooperativas, sociedades en comandita por acciones, sociedades y asociaciones agrarias, fondos de inversión, sociedades de hecho, sociedades colectivas, sociedades en comandita simple, sociedades de capital e industria, grupos de interés económica y otras entidades residentes, así como las entidades no residentes que estaban obligadas a comunicar por tener determinados activos en Uruguay, tendrán plazo para cumplir con tal comunicación hasta el 30 de noviembre de 2018.
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