Se trata del magistrado en lo penal de Esquel, José Oscar Colabelli, quien negó la solicitud de la fiscal general, María Bottini, para que la menor involucrada se realice una extracción de ADN con el fin de investigar quién había sido el autor de la violación.
Para el juez, la solicitud debía ser negada porque “implícitamente se pide permiso para pedir un aborto”. Además, aclaró que “la sola circunstancia de que el embarazo haya sido producto de una violación no autoriza por sí misma, a criterio del suscrito, la realización de extirpación del niño del vientre materno”.
Cabe señalar que el caso fue apelado por la fiscal de la Cámara, que a los tres días dictaminó que la menor podía practicarse un aborto no punible en un hospital público de acuerdo con la ley vigente en la provincia de Chubut.
El Tribunal Superior de Justicia de la provincia decidió multar al magistrado por “falta grave” y “abuso de poder”. Si bien la suma es simbólica (1500 pesos), lo fundamental del caso es el mensaje que se brinda a los magistrados en este tipo de casos.
Colabelli fue destituido una década atrás por haber ordenado el desalojo de una familia mapuche. Cuatro años antes de esta decisión había reiniciado su actividad judicial.
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