El 4 de marzo de 2026, se publicó en el Boletín Oficial el Decreto N° 128/2026 (el “Decreto”), mediante el cual el Poder Ejecutivo Nacional modifica el Decreto N° 593/2019, reglamentario de la Ley N° 26.045 del Registro Nacional de Precursores Químicos (el “Decreto Reglamentario”) y actualiza el listado de sustancias químicas sujetas a control en el marco del Registro Nacional de Precursores Químicos (RENPRE).
El Decreto sustituye el Anexo II del Decreto Reglamentario y su modificatorio, ampliando el listado de sustancias sujetas a fiscalización, mediante la incorporación de cincuenta y seis (56) nuevas sustancias químicas a las listas de control previstas en la normativa vigente.
La actualización responde a la necesidad de adecuar la regulación nacional a las tendencias observadas en la fabricación ilícita de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, así como a recomendaciones y decisiones adoptadas en el ámbito internacional, particularmente en el marco de la Comisión de Estupefacientes de las Naciones Unidas (CND), y a evaluaciones técnicas realizadas por las autoridades nacionales competentes.
La ampliación del listado de sustancias sujetas a control implica que las personas humanas o jurídicas que produzcan, elaboren, comercialicen, importen, exporten, transporten o almacenen las sustancias incorporadas deberán cumplir con las obligaciones previstas en el régimen de precursores químicos, incluyendo su registración y fiscalización ante el RENPRE.
El Decreto entró en vigencia el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial.
Para acceder al Decreto N° 128/2026 y a su anexo, haga clic aquí y aquí, respectivamente.
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