Mediante Resoluciones N° 423/2023 y 424/2023 (B.O 31/05/2023) el ENRE aprobó los cuadros tarifarios de las empresas de distribución de energía eléctrica EDENOR y EDESUR, resultantes de la revisión tarifaria semestral, a aplicarse a partir de las 00:00 hs del 1/06/2023.
Así, se aprobaron, tanto para EDENOR como para EDESUR, los Cuadros Tarifarios a aplicar a los usuarios residenciales Nivel 1, Nivel 2 y Nivel 3, las tarifas para los Clubes de Barrio y del Pueblo (CdByP) -Res. 742/2022-, los valores del Costo de la Energía Suministrada en Malas Condiciones (CESMC) y del Costo de la Energía No Suministrada (CENS) para el semestre marzo 2023- agosto 2023, y los valores tarifarios de aplicación para el sistema de medición autoadministrada de EDENOR S.A y EDESUR S.A.
El Ente también dispuso informar a EDENOR S.A. que, a partir de las 00:00 hs del 1/06/2023, el valor de la tarifa media asciende a 21,855 $/kWh, y a EDESUR S.A, que el valor de la tarifa media asciende a 21,379 $/kWh.
Asimismo, se dispuso que en el término de cinco (5) días corridos de notificada las Resoluciones, las empresas deberán publicar los cuadros tarifarios vigentes al 1/06/2023 en por lo menos dos (2) de los diarios de mayor circulación de su área de concesión.
Las resoluciones entrarán en vigencia a partir del día 1/06/2023.
Finalmente, se dispuso la notificación a las empresas distribuidoras, a las asociaciones de defensa del usuario y/o consumidor registradas, a la SUBSECRETARÍA DE ACCIÓN PARA LA DEFENSA DE LAS Y LOS CONSUMIDORES y a la COMISIÓN DE USUARIOS RESIDENCIALES (CUR).
Por Agustín Siboldi, Jorge Muratorio, Agustina Fanelli Evans y Antonella Amadio
Opinión
Kabas & Martorell
opinión
ver todosPASBBA
NORDELTA S.A.
Alfaro Abogados
Berton Moreno IP Law