El magistrado Eduardo Oscar Rolinho, perteneciente al Juzgado Letrado de Ejecución Número 2 de Comodoro Rivadavia, Chubut, hizo lugar al recurso y permitió que la joven continúe estudiando con sus compañeros habituales.
La madre de la estudiante, que cursaba el quinto año en el Instituto María Auxiliadora de la ciudad de Chubut, había presentado el amparo ante la justicia para que su hija pase de año alegando que sufría una enfermedad psiquiátrica no contemplada por la institución.
Por su parte, el ministro de Educación provincial, Rubén Zárate, remarcó que la estudiante no pasó formalmente de grado sino que "simplemente está concurriendo con sus compañeros de sexto que sí aprobaron la cursada del año anterior".
Luego de la cursada en 2013, la estudiante había reprobado varias materias. Tras las fechas de recuperación en verano, la joven terminó adeudando tres asignaturas, lo cual, de acuerdo a las reglas educativas de la Provincia, significa repetir el año.
Con respecto al argumento principal del recurso de amparo, que alegaba una enfermedad psiquiátrica no contemplada, el colegio manifestó que la estudiante nunca presentó un certificado médico que lo avale.
El único antecedente que la escuela tenía de la cuestión fue un certificado exhibido en 2012 que hablaba de “problemas de angustia”. Pero con el amparo, la madre logró culpar al colegio de no ocuparse debidamente de la menor y consiguió el objetivo de que su hija no repitiera el año.
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