Tras más de 6 años de disputas judiciales, el 21 de octubre la Corte Suprema de Justicia dictó una sentencia que obliga al Poder Ejecutivo a fijar la cantidad de trabajadoras y trabajadores a partir de la cual las empresas deberán implementar guarderías para sus hijos pequeños. El fallo “Etcheverry y otros c/ EN s/ amparo ley 16.986” busca poner en práctica la última parte del artículo 179 de la Ley de Contrato de Trabajo, sancionada en 1974, que no fue reglamentada en 47 años, que dispone que el empleador deberá habilitar salas maternales y guarderías, dejando a la reglamentación fijar el número mínimo de trabajadoras necesarios para que los establecimientos estén obligados. Es la primera vez en la historia que la Corte Suprema sanciona al Poder Ejecutivo por una omisión reglamentaria.
La presentación de este caso fue realizada por alumnos de Abogacía de la Clínica Jurídica de la Universidad Austral. La Clínica Jurídica es un espacio curricular dentro de la carrera de Abogacía en el que los alumnos “aprenden haciendo”, proponiendo y llevando casos de interés público o asesorando jurídicamente de forma gratuita a personas sin recursos. “Así, los alumnos trabajan sobre casos reales. Esto les permite brindar un servicio directo a la comunidad, al tiempo que los capacita en habilidades profesionales prácticas y los forma en valores como el servicio y la solidaridad”, explicaron los profesores Julio Pablo Comadira y Juan Bautista Etcheverry, quienes coordinan la Clínica Jurídica.
En 2015, ante la falta de reglamentación de la Ley y, por lo tanto, el no reconocimiento del derecho de las trabajadoras y trabajadores a tener una guardería, los alumnos de la Clínica Jurídica Austral redactaron una acción de amparo contra el Poder Ejecutivo Nacional, presentada en septiembre de ese año. Los actores en la demanda fueron el Centro Latinoamericano de Derechos Humanos (CLADH), el mismo Profesor Juan Bautista Etcheverry y Ximena Liggerini, esposa de Julio Pablo Comadira, y solicitaban que se proceda a la reglamentación.
Luego de una discusión sobre la competencia del caso, la Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal resolvió que el expediente quede en ese ámbito. En primera instancia, el amparo fue rechazado, porque se argumentó que no se acreditaba suficientemente el carácter de urgente.
Ante esta decisión, los alumnos apelaron la sentencia. El 14 de febrero de 2017, la Cámara falló a favor de la presentación de los estudiantes de la Clínica Jurídica Austral y condenó al Poder Ejecutivo Nacional a reglamentar el artículo 179 de la Ley de Contrato de Trabajo. Pero El 10 de marzo de ese año, el Poder Ejecutivo (a través de la oficina legal del Ministerio de Trabajo), presentó un recurso extraordinario ante la Corte Suprema.
Apenas unos días más tarde, los alumnos –siempre acompañados por sus docentes– contestaron el recurso extraordinario. Hoy, en un proceso donde trabajaron varias camadas de estudiantes, la Corte Suprema de Justicia de la Nación les ha dado la razón a la Clínica Jurídica Austral en decisión unánime, con mayoría de los ministros Highton de Nolasco y Rosenkrantz y votos concurrentes de Maqueda y Lorenzetti, por un lado, y Rossati, por su voto.
La decisión implica muchas cosas: desde lo jurídico, es un leading case en varios puntos, incluyendo ser el primer caso de declaración de inconstitucionalidad por omisión de reglamentacion del PEN a una ley del Congreso; desde lo social, tendrá un fuerte impacto en materia de políticas públicas e igualdad de derechos de las mujeres trabajadoras al facilitarles su acceso al trabajo combinado con el cuidado de sus hijos e hijas, así como el reconocimiento de que los trabajadores varones también merecen la prestación de guaderías, e implica también un gran avance en el derecho de los niños y niñas, que podrán ahora estar cerca de sus padres.
Esta iniciativa se suma a otras acciones exitosas de la Clínica Jurídica Austral, entre las que se destacan el formulario de denuncia ante irregularidades durante las elecciones “Amparo electoral” y el sistema de “Consultas legales gratuitas on line” en el marco de la pandemia del Coronavirus (COVID-19).
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