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Jueves 19 de Febrero de 2009
Modificación de las Normas de la Comisión Nacional de Valores para la Prevención del Lavado de Dinero y Lucha con el Terrorismo
Por Estudio Canosa
El 28 de enero de 2009 se publicó en el Boletín Oficial la resolución N° 547 (la “Resolución”) mediante la cual se modifican las normas de la Comisión Nacional de Valores (la “CNV”).
En primer lugar la norma se encarga de agregar a ciertos sujetos, quienes a partir de la entrada en vigencia de la Resolución deberán cumplir con las normas antilavado de la CNV y de la Unidad de Información Financiera (la “UIF”).
Estos nuevos sujetos son (i) personas físicas o jurídicas con cuentas en fideicomisos, (ii) fiduciantes (iii) fiduciarios y (iv) personas físicas o jurídicas que intervengan como agentes colocadores de toda emisión primaria de valores negociables.
Asimismo, la Resolución dispone que las entidades emisoras deberán identificar a cualquier persona, física o jurídica, que realice aportes de capital, aportes irrevocables a cuenta de futuras emisiones de capital o préstamos significativos, sea que tenga la calidad de accionista o no al momento de realizarlos.
Además, en el caso de funcionarios públicos, la Resolución, agrega, un deber más estricto de control e identificación respecto a los funcionarios públicos que realicen operaciones en la oferta pública.
Finalmente, la Resolución establece una guía de transacciones inusuales o sospechosas en la órbita de la CNV a fin de que sea un complemento y pauta para identificar posibles situaciones de lavado de activos y financiación del terrorismo amén de ser una guía de similares contenidos que la de la UIF.
La Resolución entró en vigencia el 28 de enero de 2009.
Abogados.com.ar Agradece la Colaboración del Estudio Canosa Abogados.
www.canosa.com.ar
El 28 de enero de 2009 se publicó en el Boletín Oficial la resolución N° 547 (la “Resolución”) mediante la cual se modifican las normas de la Comisión Nacional de Valores (la “CNV”).
En primer lugar la norma se encarga de agregar a ciertos sujetos, quienes a partir de la entrada en vigencia de la Resolución deberán cumplir con las normas antilavado de la CNV y de la Unidad de Información Financiera (la “UIF”).
Estos nuevos sujetos son (i) personas físicas o jurídicas con cuentas en fideicomisos, (ii) fiduciantes (iii) fiduciarios y (iv) personas físicas o jurídicas que intervengan como agentes colocadores de toda emisión primaria de valores negociables.
Asimismo, la Resolución dispone que las entidades emisoras deberán identificar a cualquier persona, física o jurídica, que realice aportes de capital, aportes irrevocables a cuenta de futuras emisiones de capital o préstamos significativos, sea que tenga la calidad de accionista o no al momento de realizarlos.
Además, en el caso de funcionarios públicos, la Resolución, agrega, un deber más estricto de control e identificación respecto a los funcionarios públicos que realicen operaciones en la oferta pública.
Finalmente, la Resolución establece una guía de transacciones inusuales o sospechosas en la órbita de la CNV a fin de que sea un complemento y pauta para identificar posibles situaciones de lavado de activos y financiación del terrorismo amén de ser una guía de similares contenidos que la de la UIF.
La Resolución entró en vigencia el 28 de enero de 2009.
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