La Corte Suprema al admitir los recursos extraordinarios interpuestos, remitió los autos a la Cámara del Trabajo, para que otra Sala se expida sobre el cálculo de intereses sobre una indemnización por un accidente de trabajo producido el 26/12/2020.
Se determina que los intereses serán capitalizables semestralmente, solo en caso de incumplimiento a la intimación de pago del art. 132 LO, conf. art. 12 ley 24.557 (conf. ley 27.348 y DNU 669/19).
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