Rechazan Pedido de Indemnización en Despido por Pérdida de Confianza
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo consideró que se configura el despido por pérdida de confianza, cuando se desempeña una conducta voluntaria objetivamente incompatible con la función. De esta manera, los jueces rechazaron el recurso interpuesto por el trabajador despedido, por considerar que el mismo, el cual se desempeñaba como analista de sistemas, había incurrido en una falta grave, al haber dado de baja del sistema los programas fuentes, mediante los cuales se resolvían los problemas operativos de un centro médico. Los magistrados que componen la Sala VIII, en los autos caratulados “García, Daniel c/ Fundación Saude s/ despido”, determinaron que se había configurado un incumplimiento objetivamente grave por parte del empleado, al haber retirado de la empresa los programas que habían sido dado de baja del sistema, los cuales habían sido guardados por el mismo en un CD el día en que se tomaba licencia. Los jueces comprobaron que el apelante había retirado tales programas, sin haber comunicado a ninguno de sus compañeros sobre dicha situación, a la vez que efectuó tal conducta sin contar con la correspondiente autorización por parte de la empresa. En tal sentido, en la resolución emitida el 29 de agosto, los camaristas decidieron desestimar las alegaciones efectuadas por el apelante en la expresión de agravios, al considerar que no tenía explicación la conducta desarrollada por el empleado, mediante la cual, los archivos que habían sido quitados de la computadora no quedasen a disposición de la empresa. A raíz de las causas anteriormente expuestas, los camaristas decidieron ratificar lo actuado por el juez de primera instancia, no haciendo lugar al pedido de indemnización presentado por el apelante, al confirmar que se había considerado un despido por pérdida de confianza.  

 

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