Recuerdan la finalidad de la Resolución 201/2002 del Ministerio de Salud

En los autos "M. F. N. c/OSDE s/Amparo de Salud", el Juez de primera instancia hizo lugar a la medida cautelar requerida por la actora y ordenó a la Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE) que otorgara a M. F. N. la cobertura del 100% de un determinado medicamento en atención a la enfermedad de Chron que padecía. 

 

La demandada apeló dicha decisión manifestando que no se encontraban reunidos los requisitos de viabilidad para la concesión de la medida cautelar, y que no estaba obligada a otorgar la cobertura del medicamento en un 100% toda vez que - a su criterio - "dicha droga se encuentra reconocida por la normativa vigente como medicación crónica reconociéndose el 70% de su valor".

 

La Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal recordó que mediante el texto de la Resolución 201/2002 se impuso el deber de "normativizar la utilización de aquellas prestaciones de alto costo correspondientes a patologías de baja incidencia a fin de garantizar su uso racional". 

 

Bajo tal análisis, los magistrados indicaron que si bien era cierto que entre los medicamentos indicados no se encontraba el relacionado con el tratamiento prescripto al actor, "no se puede interpretar que la obligación de la entidad de medicina prepaga demandada se reduce a esa lista o únicamente se corresponde con la relativa a patologías crónicas". 

 

Los jueces intervinientes agregaron que la finalidad de la resolución citada consiste en "otorgar una cobertura total de los medicamentos de baja incidencia y alto costo". 

 

Sumado a ello, el art. 28 de la ley 23.661 prevé la actualización de las prestaciones que se deben otorgar obligatoriamente. Máxime, cuando en el art. 2 se establece que "el seguro tendrá como objetivo fundamental proveer el otorgamiento de prestaciones de salud igualitarias integrales y humanizadas, tendientes a la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de la salud, que respondan al mejor nivel de calidad disponible". 

 

El 12 de noviembre, los Dres. Antelo, Recondo y Gottardi sostuvieron que la demandada debía otorgar la cobertura del 100% de la medicación prescripta al actor.

 

 

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