En una primera instancia, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal número 2 le había negado la solicitud a una mujer de transitar los últimos meses de su embarazo en el domicilio.
Más tarde, la Sala II de la Cámara de Casación Penal decidió revertir el fallo y ordenó que se autorice a la actora involucrada a cursar su último mes de embarazo con prisión domiciliaria.
La mujer se encuentra investigada, desde mayo del presente año, por un delito que tiene una pena “menor”. La negativa en primera instancia se debió a un informe de la comisaría con jurisdicción en la zona donde proponía vivir la imputada, ya que existía “riesgo social”.
Por su parte, los magistrados Alejandro Slokar, Ángela Ledesma y Pedro David remarcaron el derecho internacional y constitucional que indica que ningún parto puede tener lugar en prisión.
Dos de las obras citadas por los jueces fueron “Violencia de género. Estrategias del litigio para la Defensa de los Derechos de las Mujeres de la Defensoría General de la Nación” y “La criminalidad femenina: ¿Madres e hijos en prisión?”. En todo momento, la decisión priorizó la preservación del vínculo entre madre e hijo.
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