TCA Tanoira Cassagne asesora en la reapertura del Fondo Común de Inversión Cerrado Inmobiliario DRACMA

TCA Tanoira Cassagne Abogados asesoró a Dracma S.A. en su carácter de Sociedad Gerente, a Banco Comafi S.A. en su carácter de Sociedad Depositaria, y ambos en sus roles de Organizadores y Agentes Colocadores, en la emisión de las cuotapartes correspondiente a la reapertura en un segundo tramo del Fondo Común de Inversión Cerrado “DRACMA FONDO COMÚN DE INVERSIÓN CERRADO INMOBILIARIO” (el “FCI”), por la suma de $419.828.957. 

 

Las nuevas cuotapartes, luego de otorgarse el derecho de preferencia y acrecer correspondiente, fueron colocadas exitosamente con fecha 14 de diciembre de 2022.

 

El FCI oportunamente se constituyó con el objeto exclusivo de otorgar rentabilidad a los cuotapartistas mediante la inversión en  activos específicos de naturaleza inmobiliaria previstos en el artículo 206 de la Ley Nº 27.440 y sus normas reglamentarias, es decir en: (i) proyectos inmobiliarios de desarrollo de viviendas sociales y para sectores de ingresos medios y bajos; (ii) créditos hipotecarios; y/o (iii) valores negociables cuyo pago esté garantizado por créditos hipotecarios.

 

Asimismo, el FCI prevé dos clases de cuotapartes de condominio. Cada cuotaparte da derecho a un (1) voto, a participar en la distribución de utilidades que pudiere decidir el administrador según lo previsto en el Reglamento del FCI y a participar en el remanente que pudiera existir al momento de liquidar el FCI.

 

Intervinieron en la transacción Dracma S.A. en carácter de Sociedad Gerente y Banco Comafi S.A. en carácter de Sociedad Depositaria. Asimismo, ambas sociedades se desempeñaron como Organizadores y Agentes Colocadores

 

Las cuotapartes del FCI han sido autorizadas para su listado en Bolsas y Mercados Argentinos S.A. 

 

Asesores Legales de la Transacción: 

 

TCA Tanoira Cassagne Abogados: Socia Alexia Rosenthal y asociados Ignacio Nantes y Mariana Troncoso.

 

 

TANOIRA CASSAGNE ABOGADOS
Ver Perfil

Artículos

La Cláusula sandbagging en los Contratos M&A – ¿Puede el comprador reclamar por incumplimientos conocidos del vendedor?
Por Fernando Jiménez de Aréchaga y Alfredo Arocena
Dentons Jiménez de Aréchaga
detrás del traje
Matías Ferrari
De CEROLINI & FERRARI ABOGADOS
Nos apoyan