Una médica deberá indemnizar a una postulante de enfermería por no respetar la confidencialidad de sus exámenes médicos y decirle erróneamente que tenía SIDA

La persona damnificada fue contactada telefónicamente el 12 de marzo y se le informó que no sería contratada en un centro médico privado y que el análisis clínico efectuado había dado como resultado que era portadora de HIV.

 

De forma posterior, la persona realizó un estudio que arrojó un resultado negativo, el cual fue reconfirmado por otro susbsiguiente. De esta manera, el examen inicial había sido un falso positivo.

 

La actora decidió acudir a la justicia y el caso llegó a la Cámara Civil. Los jueces Carlos Domínguez y Oscar Ámela condenaron a una médica a indemnizar con 85.000 pesos a la damnificada.

 

En su resolución, los camaristas remarcaron que la postulante fue informada por teléfono de la situación. Esto omitió el carácter “confidencial” que se exige en los exámenes médicos de este tipo.

 

De esta manera, se explicó que la llamada solo debió limitarse a concertar una entrevista y, posteriormente, hacerle saber a la postulante que tenía a disposición los resultados de los exámenes.

 

En 2006, la Sala II de la Cámara en lo Civil y Comercial de Bahía Blanca ya había condenado al municipio a indemnizar a un hombre al que se le informó en 1992 que tenía HIV, pero tres años después le dijeron que el diagnóstico fue erróneo.

 

 

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