El 11 de junio de 2026 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución Conjunta Nº 1/2026 (en adelante, la “Resolución”) dictada por la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca y la Secretaría de Coordinación de Producción, ambas dentro del ámbito del Ministerio de Economía.
La Resolución deroga la Resolución Conjunta Nº 99/01 de la Secretaría de Industria y N.º 810/01 de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (en adelante, las “Resoluciones Derogadas”). De acuerdo con sus considerandos, la medida tiene por objeto fortalecer la capacidad del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial para actualizar de manera autónoma sus directrices técnicas en materia de patentabilidad, en particular las relativas a materia viva y sustancias naturales, facilitando la adecuación de los criterios de examen a los avances científicos, tecnológicos y jurisprudenciales, tanto a nivel nacional como internacional.
En este sentido, es importante destacar que las Resoluciones Derogadas instruyeron, en el año 2001, al entonces Presidente del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial a elaborar Directrices sobre Patentamiento, y dispusieron la conformación de un Grupo de Trabajo Permanente, integrado por funcionarios del INPI, el INASE, el SENASA, el INTA y otras áreas del Ministerio de Economía, con el mandato específico de elaborar un capítulo dedicado a la patentabilidad de materia viva y sustancias naturales. A su vez, aquel régimen establecía que toda aprobación o modificación relativa a los criterios de patentabilidad de materia viva requería la conformidad del Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, lo que introducía una instancia adicional de validación administrativa ajena al organismo técnico competente.
En este contexto, la Resolución procura restituir al Instituto Nacional de la Propiedad Industrial la plena autonomía técnica para definir y actualizar sus criterios de patentabilidad, eliminando requisitos burocráticos que condicionaban el proceso de revisión de las directrices de examen en un área de creciente relevancia global como lo es la protección de innovaciones vinculadas a la biotecnología y las ciencias de la vida.
Esta reforma podría traducirse en una mayor previsibilidad en los criterios de examen aplicables a solicitudes de patentes, así como en una eventual armonización con los estándares adoptados por oficinas de patentes de referencia a nivel mundial.
Por Fernando Martínez Zuviría, Pablo A. Palazzi, Mariano Peruzzotti, Loida G. Da Cruz y C. Octavio Mitelman
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