Consideran Procedente la Vía del Amparo para Reclamar la Nulidad del Despido y la Inmediata Reincorporación
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo consideró que resultaba procedente la acción de amparo presentada por un trabajador que solicitaba la nulidad del despido y su inmediata reincorporación, tras haber sido despedido por iniciar una acción contra su empleador a raíz de los daños psicofísicos sufridos en un accidente laboral. Los jueces que componen la  Sala II, decidieron modificar la resolución adoptada en primera instancia donde se había rechazado “in limine” la acción intentada, tras considerar que la vía del amparo se encontraba prevista para aquellas conductas donde existiera ilegalidad o arbitrariedad manifiesta, no siendo aplicable al presente caso donde la índole del reclamo exigía un mayor debate. En los autos caratulados “Fernández Carlos Horacio c/ Transporte Sargento Cabral Soc. Colectiva s/ acción de amparo”, los camaristas resolvieron que de acuerdo a lo establecido en la ley 23.592 y en el artículo 43 de la Constitución Nacional, se encontraba habilitada la vía procesal intentada, debido a que no se trataba de un mero reclamo patrimonial, no existiendo razones para rechazar “in límine” la acción presentada. Según consignaron los magistrados en el fallo, el trabajador solicitaba la nulidad del despido junto con su inmediata reincorporación en su puesto de trabajo debido a un acto discriminatorio, el cual se encuentra vinculado con el deficitario estado de salud en que estaba el mismo. En el fallo emitido el 20 de noviembre de 2008, los camaristas decidieron hacer lugar a la acción intentada, resaltando que el trabajador había sido despedido tras iniciar una acción en contra de su empleador a raíz de la incapacidad sobreviniente al accidente sufrido.

 

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