Deberán Emitir Facturas Electrónicas para Obtener los Beneficios Fiscales
De acuerdo a lo establecido por la resolución 2557 que fue publicada en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos  (AFIP), dispuso que los fabricantes de bienes de capital, informática y telecomunicaciones que pretendan adherirse a lo contemplado en el nuevo régimen de incentivos fiscales, deberán emitir facturas electrónicas para obtener tales beneficios. Desde el organismo, afirman que la obligación de utilizar una factura electrónica radica en avanzar en el objetivo de la AFIP en intensificar la utilización de los medios electrónicos, optimizando mediante la implementación de los mismos, las funciones de fiscalización y el control de los gravámenes. En la mencionada resolución, se fijaron  los procedimientos del régimen de incentivo fiscal, con cuyo bono, podrán ser canceladas por parte de las empresas radicadas en el país, las obligaciones impositivas, pudiéndose utilizar para el pago del impuesto a las ganancias, a la ganacia mínima presunta, o al valor agregado interno o externo. Para poder acceder a tales bonos, las empresas deberán emitir comprobantes electrónicos originales, los cuales servirán para respaldar las operaciones vinculadas con el beneficio fiscal, debiéndose requerir al ente recaudador por medio de la web, de la solicitud de emisión.

 

Opinión

La reconfiguración de los conceptos remunerativos en la Ley 27.802: alcances, tensiones interpretativas e implicancias prácticas
Por Jimena Dobusz
Aguirre, Saravia & Gebhardt
detrás del traje
Micaela Silva
De JUZTINA IA
Nos apoyan