Fallos
Martes 08 de Julio de 2008
Dejan Sin Efecto Condena por Conducta Maliciosa
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial decidió dejar sin efecto una multa que le había sido impuesta a la parte actora por el juez de primera instancia, como consecuencia de haber tenido una conducta maliciosa a la hora de interponer la demanda.
Los miembros de la Sala D, en los autos caratulados “Autopistas del Sol S.A. c/ Gutiérrez, Aníbal Alejandro s/ ordinario” , consideraron que no existió en la parte actora intención de perjudicar a la demandada en el momento de presentar la demanda.
En el presente caso, la actora había iniciado las actuaciones judiciales con posterioridad a la celebración de un Acuerdo Preventivo Extrajudicial. Según el magistrado de primera instancia, tal presentación judicial constituyó una conducta maliciosa y pasible de multa, ya que la parte actora sabía que en caso de homologarse se tornaría en abstracta dicha acción.
Los camaristas, por su parte, al momento de decidir, dejaron bien en claro la diferencia de conceptos entre malicia y temeridad.
Explicaron en relación a la malicia, que la misma consiste en una conducta procesal, la cual se manifiesta por medio de la formulación de peticiones que tienen por finalidad exclusiva perjudicar el normal desenvolvimiento de un proceso o retrasar su decisión.
Por otro lado, los letrados expresaron que la temeridad, es una conducta llevada a cabo por la parte que deduce pretensiones, donde no se puede ignorar con un mínimo de razonabilidad, la injusticia o falta de fundamento de dichas pretensiones.
Luego de deja en claro tales conceptos, los magistrados, expresaron que muchas veces dichas conductas se mezclan, lo cual no ocurre en el presente caso. Consideraron, que la actora no presentó la demanda judicial con intención de perjudicar a la demandada, ni teniendo conocimiento de la sinrazón de dicho planteo.
Por el contrario, los letrados, interpretaron que la parte actora se encontraba habilitada para poder ejercer su derecho, sin que el pedido de promoción del Acuerdo Preventivo Extrajudicial obstaculizara el mismo.
Opinión
Reglamentación del “Sistema de Cese Laboral”. La trascendencia del Decreto 847/2024
Por
Julian G. Cosso
CYT Abogados
CYT Abogados
opinión
ver todos
Por Trinidad Artagaveytia
Beccar Varela
Beccar Varela
Por EDUARDO A. BARREIRA DELFINO
Cevasco, Camerini, Barreira Delfino & Polak Abogados
Cevasco, Camerini, Barreira Delfino & Polak Abogados
Por Fernando Varela
Fernando Varela & Asociados
Fernando Varela & Asociados
Por Gastón Federico Martorell
Kabas & Martorell
Kabas & Martorell
detrás del traje
De TCA TANOIRA CASSAGNE
Nos apoyan
ASESORAMIENTO Y TRANSACCIONES