Determinan Competencia de la Justicia Nacional del Trabajo en Accidentes Laborales

Todas las causas por accidentes de trabajo acontecidas con anterioridad a la entrada en vigencia de la nueva Ley de Riesgos del Trabajo, pero iniciadas con posterioridad, deberán tramitarse ante la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.

De esta manera lo sostienen dos resoluciones de la Sala IX del fuero. El tribunal, integrado por los magistrados Roberto C. Pompa y Álvaro E. Balestrini, revocó los fallos de primera instancia.

Dicha resolución, con fundamento en los artículos 4° y 17 inciso 2° de la ley 26.773, habían declarado la incompetencia material de la Justicia Nacional del Trabajo y ordenaba remitir las actuaciones al fuero Civil.

“Para la determinación de la ley que regirá el evento dañoso por el que se reclama en autos, corresponde estar a la normativa vigente al momento de acaecido el accidente”, sostuvo la determinación.

Además, aclara que “la acción fundada en el derecho civil interpuesta por un trabajador accidentado con anterioridad a la vigencia de la ley 26.773 no es la acción del art. 4 de esta norma sino otra diferente y, por ende, no alcanzada por la competencia asignada para dichas acciones en el art. 17 inc. 2 del referido cuerpo normativo”.

 

 

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