La Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble de CABA dictó la Disposición 1/2026, unificando el criterio registral en particiones de inmuebles en supuestos de sucesiones encadenadas.
Mediante esta Disposición se flexibiliza el principio de tracto sucesivo (art. 16 Ley 17.801) cuando un heredero fallece antes de la partición:
- Se admite la inscripción directa a favor de los herederos del heredero fallecido
- No se exige la inscripción previa específica de su declaratoria
- Siempre que la legitimación surja del acto particionario
La disposición se apoya en el carácter declarativo de la partición (arts. 2363 y ss. CCCN), la legitimación amplia del art. 2364 CCCN y la transmisibilidad del derecho a pedir la partición
Por su parte, la Disposicion en cuestión busca:
- Reducir formalismos registrales
- Inscripciones más ágiles
- Brindar criterio de calificación unificado
Entrará en Vigencia el 09.02.2026. Accedé al Texto completo en Boletín Oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/338298/20260209
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