El plazo para la caducidad de la segunda instancia comienza a correr una vez que el pronunciamiento es notificado a todas las partes interesadas

La causa "Swiss Medical ART S.A. c/M., K. A. s/Interrupción de prescripción" llegó a la Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil en virtud de la caducidad de la segunda instancia acusada por la parte actora. 

 

Los magistrados recordaron que la caducidad "es un instituto procesal de orden público, cuyo fundamento objetivo es la inactividad por un tiempo determinado de los litigantes, quienes ante el desinterés demostrado de esta forma tienen su sanción". Su finalidad "excede el beneficio de las partes y tiende a liberar al órgano jurisdiccional de la carga que implica la sustanciación y resolución de los procesos evitando la duración indefinida de éstos cuando las partes presumiblemente abandonan el ejercicio de sus pretensiones". 

 

Sentado ello, los camaristas destacaron que a los fines de la caducidad, no puede considerarse concluida la primera instancia mientras la totalidad de los interesados no se encuentren notificados de, en este caso, la regulación de honorarios practicada en la sentencia del 30.11.2022, "razón por la cual hasta tanto ello se cumpla en debida forma el expediente no se encuentra en condiciones de ser elevado". 

 

El plazo establecido en el CPCCN para la caducidad de la segunda instancia comienza a correr una vez que el pronunciamiento es notificado a todas las partes interesadas, aun cuando a alguna ya se le hubiere concedido el recurso de apelación. 

 

Adicionalmente, los jueces intervinientes señalaron que si bien la segunda instancia se abre con la concesión del recurso de apelación, "no corresponde –por lógica aplicación del principio de invidisibilidad de la instancia- computar el plazo sino hasta que se encuentren notificadas de la resolución apelada la totalidad de las partes interesadas, extremo este que aún no ha sido cumplimentado, por lo que no resulta posible acceder, por el momento, al planteo en estudio". 

 

El 8 de junio los Des. Caia y Rolleri rechazaron el planteo de caducidad de la segunda instancia. 

 

 

Opinión

Agronegocios en Paraguay y su potencial para transformar la economía informal
Por Esteban Acha
Altra Legal
detrás del traje
María José Rodríguez Macías
De BRONS & SALAS
Nos apoyan