España: Polémica Resolución Judicial en una Demanda contra una Empresa de Internet
Un Juez de Primera Instancia de Madrid, ha decidido condenar a la empresa France Telecom España a abonar la suma de 2.000 euros a un hombre. Tal suma, fue establecida en concepto de indemnización por haber sido traspasado sin su consentimiento ni contrato, como usuarios de Telefónica a France Telecom. Lo curioso del fallo, es que el magistrado condenó a la esposa del hombre al que dictaminó que debía ser indemnizado, la cual era codemandante, a abonar las costas del proceso. La cuestión se había originado hacia 2005, cuando el matrimonio le había reclamado a Telefónica que le repusiera el servicio de internet. Dicha compañía ante al reclamo, explicó que la línea se encontraba secuestrada por Wanadoo (la cual era la antigua marca de France Telecom). La empresa Wanadoo, al ser notificada sobre la existencia del problema, decidió asumir el error. Para subsanarlo, le ofreció al matrimonio tres meses de internet gratis a cambio de que conservase el servicio prestado por dicha compañía. La pareja, decidió rechazar la propuesta de la empresa prestataria del servicio. Luego de solicitar durante varios meses que la compañía diera de baja el servicio que ellos no habían contratado, presentaron la demanda judicial. En dicha solicitud, el matrimonio reclamaba la restitución del servicio telefónico, el cual también había sido interrumpido, el servicio de ADSL y una indemnización por un monto superior a los 6.000  euros. El magistrado,  consideró que la codemandante no acreditó haber realizado ninguna actuación que sea derivada de dicha contratación. Esto se debió, a que fue el marido de la condenada quien efectuó la denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos, en ejercicio de las gestiones derivadas de la contratación. Debido a tal interpretación efectuada por parte del magistrado, a la mujer no le corresponde nada, ya que la denuncia fue llevada a cabo por su marido.

 

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