La ANSES y un fallo favorable de la Corte Suprema en una causa por reajuste de haberes

El Máximo Tribunal, con la firma de los ministros Elena Highton, Eugenio Zaffaroni, Enrique Petracchi y Carlos Fayt, declaró procedente el recurso extraordinario presentado por el organismo previsional.

 

De esta manera dejó sin efecto la medida cautelar dictada por la Cámara Federal de la Seguridad Social. La Corte, en ese sentido, coincidió con el dictamen de la Procuradora de la Nación, Alejandra Gils Carbó, quien había entendido que la resolución de los camaristas no era válida.

 

El fallo, al que no adhirieron los ministros Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda, reconoce que “si bien es cierto que las resoluciones sobre medidas cautelares, sea que las ordenen, modifiquen o levanten, no revisten carácter de sentencias definitivas, cabe apartarse de tal regla en el presente caso, ya que la disposición tomada anticipa sustancialmente la solución de fondo sobre la base de apreciaciones genéricas, lo cual trasciende el interés de las partes”.

 

Asimismo, la Corte Suprema remarcó que el fallo de la Cámara Federal “establece un criterio de interpretación del régimen de la medida dispuesta que conduce a su desnaturalización”.

 

El caso en cuestión (“Márquez, Alfredo Jorge c/ ANSES”) se vincula a un hombre que recibía un haber jubilatorio en 2010 superior en 13 veces al haber mínimo y que también percibió un crédito previsional por reajuste por más de 560.000 pesos.

 

El nuevo reclamo del actor se relacionaba a un reajuste de haberes. En una primera instancia, la justicia rechazó la medida cautelar solicitada, aunque la Cámara aplicó lo resuelto por la Corte en el fallo “Badaro” y la aceptó.

 

“Correspondía a los magistrados verificar cuidadosamente la concurrencia de los extremos de hecho exigidos para la procedencia de la medida, valorándolos con la prudencia que demanda un conflicto entre el derecho de defensa del organismo (ANSES) y la necesidad expresada por el actor (Márquez)”, finaliza la Corte.

 

 

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