La Corte Aclara que No Fijó Pautas Novedosas en Movilidad Jubilatoria
Luego de la repercusión producida por la difusión del fallo “Cirillo, Rafael c/ ANSeS s/ reajustes varios”, la Corte Suprema de Justicia de la Nación destacó que no se fijaron pautas o limitaciones novedosas en materia de movilidad jubilatoria. El Máximo Tribunal, manifestó que sólo revocó una sentencia en función de las alternativas procesales del caso. Para resolver la cuestión sobre el reajuste del haber correspondiente al período comprendido entre los años 2002 y 2006, la Corte determinó que correspondía a la alzada resolver sólo los planteos de la ANSeS,  entendiendo que la competencia de los tribunales de segunda instancia se encuentra acotada por la extensión de los recursos concedidos. En tal sentido, sólo correspondía resolver los planteos de la ANSeS, la cual había sido la única parte que había recurrido la sentencia de primera instancia. Como consecuencia de que el actor no había apelado la sentencia de primera instancia, esta quedaba firme en relación a él, ya que aprobaba sus disposiciones. En tal sentido, según consideraron los ministros de la Corte, se produce una afectación de la garantía constitucional de defensa en juicio como consecuencia del exceso de jurisdicción que significa la trasgresión a ese límite.

 

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