La Factura Electrónica Pedirá Más Información
La AFIP, que encabeza, Ricardo Echegaray, creó un tercer régimen de factura electrónica que pide más información que los dos que existen hasta ahora, y al que irá incluyendo contribuyentes. El nuevo sistema pedirá datos como descripción del bien, precio unitario y código de barra del producto. En ese régimen, cualquier contribuyente ino en el IVA podrá recibir una notificación de la AFIP en la que se le informe que está obligado, desde determinada fecha, a emitir la nueva factura electrónica. Por ejemplo, los laboratorios, tabacaleras y fábricas de fertilizantes son sectores que usan códigos de barra y con los que trabaja la AFIP para que vayan adecuando sus sistemas. Dentro de esos sectores, la AFIP va a ir notificando una a una a las empresas que estén en condiciones de adoptar la nueva factura electrónica. En tal sentido, la Resolución General 2757, publicada ayer en el Boletín Oficial, estableció que la AFIP incorporará –a través de notificaciones fehacientes– a contribuyentes que revistan el carácter de responsables inos dentro del nuevo régimen de emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes. Los comprobantes alcanzados son facturas o documentos equivalentes, y las notas de crédito y de débito clase A o B. La notificación que al respecto emita el juez administrativo competente indicará la fecha a partir de la cual el sujeto queda incluido en el nuevo régimen de factura electrónica. Hasta ahora existían los dos siguientes regímenes de facturas electrónicas que piden menos información: n Régimen de Emisión de Comprobantes Electrónicos (RECE). Cuyas solicitudes se realizan mediante el programa aplicativo “AFIP DGI RECE Régimen de emisión de comprobantes electrónicos”, comprando el respectivo software, o el servicio con clave fiscal “Comprobantes en línea” a través de la página de Internet de la AFIP, este último siempre y cuando no superen los 100 comprobantes mensuales. n Régimen de Emisión de Comprobantes Electrónicos en Línea (RCEL). Cuyas solicitudes se gestionan mediante el servicio con clave fiscal denominado “Comprobantes en línea”, el cual hace las veces de un facturador en línea, emitiendo el comprobante en el momento para poder ser impreso y entregado al cliente Los profesionales se encuentran obligados a emitir facturas electrónicas siempre que los montos brutos de operaciones por año calendario sea igual o superior a $ 600.000 y cuando el importe de las facturas sea igual o superior a $ 10.000. Hasta ahora la AFIP venía incluyendo sectores en la factura electrónica. El último incorporado en enero pasado, la exportación, deberá emitirlas a partir del 1º de mayo. La inclusión paulatina comenzó el 1 de abril de 2007 con las prepagas, televisión por cable e Internet. Ese año se incorporaron la telefonía móvil en julio, y el transporte de caudales, seguridad y limpieza en octubre. Publicidad y rutas por peaje de la provincia de Buenos Aires y la Capita Federal, servicios de informática y desarrolladores de software, y los profesionales ingresaron entre el 1 de diciembre de 2008 y el 1 de enero de 2009. Fuente: Cronista.com

 

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