Mediante un Fallo de la Corte fue Revocado el Acuerdo de Comercial del Plata
La Sala D de la Cámara Comercial había homologado la decisión a la que había arribado la concursada a autorizar un aumento de capital de CGC y no hacer uso del derecho a suscripción preferente viéndose reducida su tenencia accionaria. Así se enajenó gran parte del capital de la empresa a un tercero, quedándose esta solo con una porción mínima. La operación que había sido homologada consistió en permitir que un tercero aportara los fondos necesarios ($ 70.000.000) y se hiciera con el 81 % del capital de la firma, restándole a ésta sólo el 19 %, porcentaje que respaldaría las deudas con los acreedores existentes. Con los fondos aportados se financiaría externamente la propuesta Ante esa decisión de la Cámara, el fiscal apeló considerando que la maniobra fue más parecida a una reorganización de una sociedad que a una quita. Más allá de eso, primó en la apelación el hecho de haberse afectado sustancialmente el derecho de crédito de los acreedores y el debido proceso. La Corte falló revocando el fallo de la Cámara y dándole razón al fiscal, por entender que se habían afectado derechos esenciales de los acreedores, arribando a tal sentencia de manera dividida: Lorenzetti, Fayt, Zaffaroni y Highton de Nolasco votaron por revocar el fallo de Cámara, y Petracchi, Maqueda y Argibay lo hicieron en disidencia. El concursado, en las propias palabras de la Corte, ejerció abusivamente su derecho y desvirtuó el instituto del concurso, además de verse afectado también el derecho de propiedad de los acreedores.

 

Opinión

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Por Dolores M. Gallo
Barreiro
detrás del traje
Diego Palacio
De PALACIO & ASOCIADOS
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