No Se Puede Renunciar a la Nacionalidad
La Cámara Nacional Electoral ratificó una sentencia donde se rechazaba el pedido de dos personas para renunciar a la nacionalidad argentina para adquirir la nacionalidad lituana, confirmando que renunciar a la nacionalidad resulta inconstitucional. Siguiendo la postura adoptada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Suprema de Justicia de la Nación, los camaristas expresaron que  se estaría consagrando una causal de pérdida de la nacionalidad, en caso de permitir que dos argentinos nativos puedan de manera voluntaria renunciar a la ciudadanía argentina. De esta manera, los jueces entendieron en cuanto a la nacionalidad, que la misma no es sólo un atributo reconocido por el Estado, sino que es un derecho humano de la persona, entendiendo que quien de acuerdo a la Constitución Nacional es argentino nativo, no puede dejar de serlo de acuerdo a una ley, ya que en tal caso la misma sería contraria a la Carta Magna, privando a un argentino nativo de su condición jurídico política consagrada en la misma. Por otro lado, en los autos caratulados "Simoliunas, Christian David y Federico Javier s/ solicitan renuncia a ciudadanía argentina" (Expte. N° 4462/08 CNE SALTA), los camaristas entendieron que resultaría contrario a la obligatoriedad del voto consagrado en el primer párrafo del artículo 37 de la Constitución Nacional, admitir la renuncia voluntaria del ejercicio de los derechos políticos.  

 

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