Obligan al Estado a Pagarle a un Grupo de Bonistas Locales
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo hizo lugar a un reclamo de la caja de la seguridad social del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la provincia de Buenos Aires, presentado en nombre de sus afiliados y de los casi 2000 beneficiarios que ya cobran su haber previsional. La Sala Cuarta confirmó la sentencia de primera instancia que había sido dictada por la jueza María José Sarmiento el 17 de diciembre de 2008, condenando al Gobierno a devolverles a los bonistas el monto correspondiente a los intereses por dos series de bonos de consolidación (PRO-2 y PRO-4). Hasta el momento en que la entidad aceptó entrar en el canje de préstamos garantizados (PG), en noviembre de 2001, se encontraba cobrando los intereses, habiéndole depositado el banco que tenía en custodia dichos títulos 286 mil dólares que les correspondían por esa renta, antes de que fuese anunciada la cesación de pagos. De acuerdo a lo sostenido en el fallo, dicho dinero le fue debitado compulsivamente cuando se acreditó que habían ingresado en el canje de los bonos de consolidación por los PG en enero de 2002. Sin embargo, cuando se organizó el canje de deuda concretado en 2005 durante el gobierno de Néstor Kirchner, para poder ingresar al canje, los acreedores debieron volver a tomar los bonos originales, por lo que la caja consideró que tenía derecho a percibir la renta que le había sido quitada. En el presente litigio, los bonistas reclamaron que mientras el pago de intereses suponía cobrar un cupón con una tasa cercana al 15%, se vieron obligados a una renta muy inferior a raíz de la tenencia de los PG.

 

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