Por No Probar Origen del Dinero Rechazan Reclamo de Préstamos Garantizados
Tras considerar que no se hallaba probada la capacidad económica de la solicitante a los efectos de poder justificar el origen de los fondos, la Cámara en lo Contencioso Administrativo decidió rechazar el reclamo presentado por una mujer por una importante suma de dinero que se encontraba depositada en un banco que quebró en el año 1985. Tal decisión fue adoptada por la Sala Tercera, considerando que el régimen de garantías de los depósitos vigente a la época de la quiebra del banco, sólo era aplicable a los fondos genuinos. Los magistrados consideraron que el Banco Central no podía responder automáticamente ante el reclamo solicitado por un inversor, sino que debía determinar la legitimidad de los reclamos, impidiendo que de esta manera se produzca una enriquecimiento sin causa. Los argumentos expuestos por la reclamante sobre el origen de los fondos, fueron descreídos por los jueces, quienes consideraron que no se encontraban configurados los requisitos necesarios para que sea aplicable el mecanismo de garantía de los depósitos.

 

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